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Aumento del período de extensión del Permiso de Trabajo

La USCIS anunció recientemente una regla final temporal que amplía el período de extensión automática para el Permiso de Trabajo y los EAD (documento de autorización de empleo) para algunos solicitantes de renovación.

Esta nueva regla permite una extensión de hasta 540 días, mucho más de los 180 días que se solían otorgar anteriormente.


A través de una regla temporal final, se ha ampliado el período de extensión automática de los Documentos de Autorización de Empleo (EAD) para ciertos solicitantes de renovación.
El Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos ha implementado una medida que beneficiará a los solicitantes de permisos de trabajo en el país.

El objetivo de esta regla es evitar lapsos en las autorizaciones de empleo, según lo declarado por la directora de USCIS, Ur M. Jaddou.

Además, se busca brindar una ventana adicional para considerar soluciones a largo plazo y crear nuevas estrategias que garanticen que aquellos no ciudadanos elegibles puedan mantener este beneficio.

¿Quiénes pueden aplicar a esta extensión? La regla se aplica a dos categorías de solicitantes de EAD:

aquellos que presentaron sus solicitudes del Formulario I-765 de manera oportuna a partir del 27 de octubre de 2023 y aún tienen la solicitud pendiente al 8 de abril de 2024, y aquellos que presenten su solicitud en tiempo y forma desde el 8 de abril hasta el 30 de septiembre de 2025.


Si presentas una solicitud de renovación del Formulario I-765 dentro de las fechas mencionadas y cumples con los requisitos, recibirás un Formulario I-797C con una prórroga automática de 540 días.


Factores como el aumento en el número de solicitudes y los desafíos operativos, agravados por la pandemia de covid-19, han ocasionado un incremento en los tiempos de procesamiento.
Esta extensión se debe a los retrasos que enfrenta el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) en el procesamiento de las solicitudes de EAD.

Es importante tener en cuenta que cualquier persona inmigrante independientemente de su estatus -asilado, refugiado, etc.- puede trabajar en Estados Unidos, pero primero debe obtener una autorización de empleo a través de la USCIS mediante un EAD.

Esto es necesario para demostrar la autorización de trabajo ante un empleador o si se está en trámite de un Formulario I-485 o un Formulario I-589.

Esta extensión estará disponible para cualquier solicitante de renovación con una solicitud presentada a partir del 27 de octubre de 2023, y pendiente a partir del 8 de abril de 2024, hasta el 30 de septiembre de 2025. La medida busca brindar estabilidad y seguridad a los solicitantes de permisos de trabajo, así como a sus familias y empleadores en los Estados Unidos.

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