Expertos en el tema han aclarado que el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) no ha revelado ninguna novedad en cuanto a la obtención de residencia en Estados Unidos para los cubanos liberados con la forma I-220A.
En los últimos días, ha circulado por las redes sociales una noticia que ha causado gran revuelo entre la comunidad cubana en Estados Unidos. Se trata de un vídeo donde se asegura que el USCIS anuncia supuestas novedades en el caso de los cubanos liberados con la forma I-220A.
Esta información ha generado una gran expectativa entre los cubanos, quienes creen que ahora tendrán nuevas opciones para obtener la tarjeta de residencia, amparándose en la Ley de Ajuste Cubano.
Sin embargo, al parecer, en los últimos días no se han revelado nuevas disposiciones por parte de Estados Unidos en cuanto a los casos de cubanos liberados con la forma I-220A.
Es decir, las políticas y reglamentos aplicados en estas circunstancias no han sufrido modificaciones.
Resoluciones vigentes en los Estados Unidos para casos de cubanos liberados con el formulario I-220A
En la actualidad, las resoluciones vigentes en los Estados Unidos para casos de cubanos liberados con el formulario I-220A son las anunciadas en 2022.
Estas resoluciones representan la actualización de las condiciones que permiten a aquellos que tienen el formulario I-220A solicitar la residencia estadounidense bajo la Ley de Ajuste Cubano.
En consecuencia, según lo propuesto por USCIS en 2022, los cubanos que ingresaron a los Estados Unidos desde 2017 y recibieron el formulario I-220A podrán obtener la residencia permanente.
Es importante aclarar que solo podrán beneficiarse de la residencia permanente por esta vía aquellos cubanos que emigraron a partir del 12 de enero de 2017.
Asimismo, este beneficio se extiende a las personas que recibieron el permiso de libertad bajo supervisión (I-220A) hasta el 17 de noviembre de 2021.
Por otra parte, los cubanos liberados mediante el formulario I-220A podrán obtener la residencia en los Estados Unidos siempre y cuando cumplan con los siguientes casos:
En primer lugar, aquellos cubanos que se presentaron en un punto fronterizo y obtuvieron el permiso de libertad bajo supervisión (I-220A) en la categoría de "Arriving Alien".
Los migrantes cubanos que recibieron libertad bajo fianza en la Oficina de Aduanas y Control de Fronteras (ICE).
Además, aquellos cubanos que se encuentran en el Programa de Protección del Migrante (PPM), también conocido como "Permanecer en México".
Por último, es importante destacar que en 2022 USCIS no reconoció el formulario I-220A como un parole en los Estados Unidos. Sin embargo, sí se admite que no es posible negar la residencia si se invoca lo establecido en la Ley de Ajuste Cubano.
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