El Servicio de Impuestos Internos (IRS, por sus siglas en inglés) ha anunciado recientemente que implementará sanciones para aquellos contribuyentes que no hayan cumplido con una norma esencial en su declaración de impuestos más reciente.
Esta medida se dirige especialmente a aquellos que perciben ingresos adicionales que no provienen de un salario fijo, como es el caso de los trabajadores independientes, inversionistas, propietarios de propiedades en alquiler y personas que reciben pensiones.

La fecha a partir de la cual el Servicio de Impuestos Internos (IRS, por sus siglas en inglés) comienza a aplicar intereses sobre el monto adeudado varía en función del tipo de penalidad que se imponga.
Estos intereses se acumulan y aumentan el total que el contribuyente debe hasta que el saldo sea pagado en su totalidad.
El IRS también señala que es posible evitar sanciones presentando declaraciones precisas, asegurándose de pagar los impuestos dentro del plazo establecido y proporcionando toda la información requerida en las declaraciones de manera oportuna.

¿A quiénes afecta esta nueva regla del IRS?
El IRS ha establecido que ciertos contribuyentes están obligados a realizar pagos estimados de impuestos a lo largo del año fiscal.
Esta obligación es particularmente relevante para quienes no tienen una retención suficiente sobre sus ingresos o reciben ganancias sin retención, entre los que se incluyen:
- Intereses, dividendos y ganancias de capital.
- Pensiones provenientes de un cónyuge divorciado.
- Ingresos generados por alquileres, premios o criptomonedas.
- Trabajo autónomo o actividades freelance.
En términos generales, están obligados a realizar estos pagos estimados:
- Personas que prevén que su obligación tributaria superará los USD 1,000 al momento de presentar su declaración.
- Empresas que anticipan tener una obligación tributaria mayor a USD 500.
- Propietarios únicos, socios de sociedades y accionistas de corporaciones tipo S.
Es importante señalar que, aunque un contribuyente haya tenido una retención de impuestos adecuada en el año anterior, puede estar obligado a realizar pagos estimados si su deuda fiscal fue considerable en años anteriores.

A continuación, se detallan las fechas de vencimiento para los pagos estimados:
- Primer trimestre:15 de abril de 2025.
- Segundo trimestre: 15 de junio de 2025.
- Tercer trimestre: 15 de septiembre de 2025.
- Cuarto trimestre: 15 de enero de 2026.
Es fundamental que los contribuyentes estén al tanto de estas obligaciones para evitar sanciones y asegurar el cumplimiento con las normativas fiscales establecidas por el IRS.
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