La polémica en torno a la deportación de músicos cubanos que han sido arrestados en múltiples ocasiones en Estados Unidos y acusados de diversos delitos criminales ha generado muchas preguntas en la comunidad.
La principal inquietud es cómo es posible que, a pesar de existir al menos un vuelo de deportación mensual entre EEUU y Cuba, algunos de estos convictos no sean devueltos a la Isla.
Sobre este tema, el abogado especializado en inmigración Willy Allen explicó en una reciente entrevista con el periodista Daniel Benítez que la negativa de las autoridades cubanas a recibir a estos individuos podría estar complicando el proceso de deportación, permitiendo que estos artistas permanezcan en territorio estadounidense mientras cumplen con ciertos requisitos legales.
La deportación de inmigrantes con cargos criminales, especialmente aquellos que han sido residentes en Estados Unidos durante un tiempo considerable, enfrenta múltiples desafíos legales.
Según Allen, aunque una persona pueda tener una orden de deportación, si Cuba no acepta recibirla, esta no puede ser efectuada. En estos casos, el individuo debe reportarse anualmente a las autoridades de inmigración mientras se espera una solución.
¿Qué pasa cuando se viaja al extranjero?
Una de las mayores preocupaciones que enfrentan los residentes en EEUU con antecedentes criminales es el riesgo de perder su estatus al regresar al país norteamericano después de viajar al extranjero.
Allen detalló que, aunque la corte criminal permita el viaje, al reingresar al país, inmigración podría detener al residente, especialmente si existen agravantes en los cargos.
Un caso particular que ha captado la atención es el de un músico cubano popular, arrestado en varias ocasiones por delitos como robo, posesión de drogas y agresión. Aunque ha sido liberado bajo fianza y ha viajado a Cuba, el letrado explicó que el resultado final de sus casos determinará si su residencia será revocada al reingresar a Estados Unidos.
La falta de un acuerdo de deportación entre Cuba y Estados Unidos significa que, aunque una persona sea declarada culpable y se dicte su deportación, esta no se efectúa a menos que Cuba lo acepte o se encuentre un país tercero dispuesto a recibirla. Este vacío legal permite que ciertos inmigrantes permanezcan en el país norteamericano bajo supervisión.
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