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Proyecto de Ley de Ciudadanía y las causas por las cuales se puede retirar la ciudadanía

El gobierno cubano ha establecido las causas por las cuales se puede retirar la ciudadanía a los residentes en el extranjero a través de un Proyecto de Ley de Ciudadanía

Según esta propuesta, es el "presidente" quien tiene la autoridad para decidir si un cubano debe ser privado de su ciudadanía, lo cual se llevaría a cabo a través de un Decreto Presidencial.


Recientemente, la Asamblea Nacional del Poder Popular de Cuba ha presentado un proyecto de Ley de Ciudadanía en su página oficial, con la intención de someterlo a consulta popular y ser aprobado en la próxima sesión legislativa en julio.
El gobierno de Cuba está considerando la posibilidad de establecer las razones por las cuales se podría retirar la ciudadanía a los ciudadanos cubanos que residen en el extranjero.

El Proyecto de Ley aún no ha sido aprobado, pero se espera que sea discutido y aprobado en la próxima sesión de la Asamblea Nacional en julio.

El capítulo III de este proyecto, titulado "Privación de la Ciudadanía Cubana", establece que los cubanos solo pueden ser privados de su ciudadanía por causas legalmente establecidas.

Dos de las causas específicas mencionadas en el proyecto son alistarse en organizaciones armadas con el propósito de atentar contra el Estado cubano


En el artículo 54 del capítulo III de la ley, se establece que los cubanos solo podrán ser privados de su ciudadanía por causas legalmente establecidas.
De acuerdo con esta normativa, será el presidente quien tenga la facultad de decidir si se le debe retirar la ciudadanía a un ciudadano cubano a través de un Decreto Presidencial.

Sus ciudadanos o residentes en el país, y realizar actos desde el extranjero que vayan en contra de los intereses políticos, económicos y sociales de Cuba.

El gobierno cubano también ha publicado una Lista Nacional de Terroristas que incluye a personalidades e influencers de Miami, acusados de incitar a acciones violentas que afectan el orden social en Cuba.

Estas personas podrían entrar en las causas mencionadas en el Proyecto de Ley.

Además, se establece que la autoridad de ciudadanía solo podrá privar de la ciudadanía a un cubano si se verifica de manera indubitable que ha incurrido en una de las causas mencionadas, independientemente de si posee otra ciudadanía o reside efectivamente en el país.

En caso de que la persona cause un grave perjuicio a la seguridad nacional, la autoridad de ciudadanía puede dictar el Decreto Presidencial sin cumplir los requisitos habituales.

La nueva Ley de Ciudadanía también establece que el derecho a recuperar la ciudadanía cubana solo puede ejercerse una vez, independientemente de la causa de pérdida.

Esta ley es necesaria para regular el proceso de renuncia a la ciudadanía, especialmente para los cubanos mayores de edad que residen en el extranjero y poseen otra ciudadanía para evitar casos de apátridas.


También se contempla la posibilidad de retirar la ciudadanía si se realizan actos contrarios a los intereses políticos, económicos y sociales de Cuba desde el extranjero, siempre que la autoridad de ciudadanía lo considere necesario.
Por otro lado, el artículo 55 menciona que una de las causas para la privación de la ciudadanía es formar parte de una organización armada cuyo objetivo sea atacar la seguridad territorial del Estado cubano o de sus ciudadanos.

Estas nuevas normativas buscan regular el proceso de adquisición, renuncia, pérdida y recuperación de la ciudadanía cubana, así como establecer los requisitos y procedimientos para el registro de la misma.

Además, la Ley de Migración complementará la Ley de Ciudadanía al establecer que los cubanos que renuncien a su ciudadanía serán considerados extranjeros y estarán sujetos a los requisitos de entrada y salida del país con un pasaporte extranjero y visado.

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