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Solicitantes de asilo y la oportunidad de buscar empleo

Según la página oficial del Servicio de Ciudadanía e Inmigración (Uscis), los empleadores no pueden contratar a alguien que no tenga una Autorización de Empleo (EAD, por sus siglas en inglés). Para obtener este documento, es necesario tener un permiso migratorio válido, como una visa de trabajo.

Sin embargo, según la información proporcionada por el mismo organismo, los solicitantes de asilo o refugiados también pueden trabajar. Ellos ingresan al país como indocumentados y esperan a que se resuelva su situación migratoria, mientras tanto, tienen la oportunidad de buscar empleo.

Pero tu EAD va a caducar o ya caducó, debes solicitar la renovación del EAD a través de un nuevo Formulario I-765 junto con la tarifa requerida (si se requiere)".
En caso de que se trate de una renovación, el proceso es diferente: "Si aún eres elegible para solicitar una autorización de empleo o ya tienes una debido a tu estatus o circunstancias migratorias

En el universo de leyes y condiciones para los inmigrantes, existen algunas excepciones para laborar sin papeles.

Trabajar en Estados Unidos es un gran sueño para muchos extranjeros, es lo que conocemos como el sueño americano. Sin embargo, aquellas personas que entran al país sin documentos, no la tienen fácil para poder vivir y trabajar debido a su situación irregular.

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración (Uscis) establece que es ilegal que un empleador contrate a una persona si no posee una Autorización de Empleo (EAD).

Además, para tramitar el permiso, el extranjero debe tener una visa de las categorías de trabajo admitidas.

Sin embargo, en el universo de leyes y condiciones para los inmigrantes, existen algunas excepciones para que las personas sin documentación puedan obtener un trabajo mientras regularizan su situación.

Es importante hacerlo, ya que algunos empleadores solicitan la verificación de este trámite antes de contratar a alguien.
Lo único que deben hacer es enviar el Formulario I-766 al mencionado organismo gubernamental.

Aquellos que pueden tener acceso a permisos de trabajo, incluso si no tienen documentos legales en Estados Unidos, son aquellos que están tramitando un asilo o refugio y pueden encontrar un empleo mientras se resuelve su situación migratoria.

Esto se aplica a aquellos que tienen en trámite un Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus, así como aquellos que poseen un trámite de un Formulario I-589, Solicitud de Asilo y de Suspensión de Remoción.

Además, aquellos que tienen un estatus de "No Inmigrante" que les asegura su permanencia en Estados Unidos, pero no les permite trabajar sin antes solicitar un EAD, también entran en este grupo. Por ejemplo, un estudiante con visa F-1 o M-1.

Sin embargo, hay algunos que sí tienen la posibilidad de trabajar, siempre y cuando estén en proceso de solicitud de asilo o refugio.
Los extranjeros que se encuentran en Estados Unidos y aún no han resuelto su estatus migratorio, es decir, aquellos que no tienen una visa, tarjeta verde o ciudadanía, tienen ciertas restricciones durante su estadía, como la prohibición de trabajar.

¿Cómo obtener permiso de trabajo en Estados Unidos siendo ilegal?

Para obtener un permiso de trabajo en Estados Unidos, los extranjeros deben completar y enviar el Formulario I-766 a Uscis.

"Los empleadores estadounidenses deben asegurarse de que todos sus empleados, independientemente de su ciudadanía u origen nacional, estén autorizados para trabajar en Estados Unidos", cita Uscis.

Además, detalla que "una manera de comprobar que usted está autorizado para trabajar en Estados Unidos por un período de tiempo específico es con un Documento de Autorización de Empleo (Formulario I-766/EAD)".

En caso de que se trate de una renovación, el proceso es diferente.

La USCIS asegura que si usted es elegible para solicitar una autorización de empleo y su EAD va a caducar o ya caducó, debe solicitar la renovación mediante un nuevo Formulario I-765 junto con la tarifa requerida (si se le requiere).


En este último caso, la solicitud debe hacerse dentro de los 180 días previos a que caduque el permiso. "Usualmente, usted no puede solicitar la renovación de su EAD con más de 180 días antes de que caduque su EAD original", concluyó Uscis.



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