La Oficina de Servicios de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) ha anunciado que eximirá a ciertos inmigrantes del pago de servicios biométricos. Esta exención se aplica a aquellas personas que busquen extender su estancia en los Estados Unidos mediante el Formulario I-539.
El USCIS continúa trabajando en mejorar y agilizar los procesos migratorios, y esta exención de tarifa es un ejemplo de los esfuerzos que están haciendo para facilitar el proceso para los solicitantes. Si tienes alguna pregunta o necesitas más información sobre esta exención de tarifa, te recomendamos que te comuniques con el USCIS o consultes su página web oficial.
A partir del 1 de octubre, los inmigrantes con visas temporales no tendrán que pagar los $85 dólares correspondientes a la fotografía, huellas dactilares y firma (datos biométricos) al solicitar una extensión de su permiso de estancia en Estados Unidos o cambiar su estatus de No Inmigrante.
Es importante destacar que aquellos que presentaron la solicitud antes de la fecha mencionada anteriormente aún deberán pagar el servicio, siguiendo la fecha marcada en el documento de cita.
Sin embargo, USCIS ha aclarado que existirán casos en los que los inmigrantes con el Formulario I-539 deberán pagar los servicios biométricos, pero esta decisión se tomará caso por caso.
En la mayoría de los casos, después del 1 de octubre, no se citará a los solicitantes para la toma de servicios biométricos.
Sin embargo, si USCIS determina que se requieren los datos biométricos, el solicitante recibirá una notificación con información sobre la comparecencia para su cita de servicios biométricos.
En caso de que se envíe por error el pago del servicio, USCIS reembolsará el dinero, pero no considerará la petición como "incorrecta".
Si se autoriza por error un pago con tarjeta de crédito que combina la tarifa de servicios biométricos con la tarifa de solicitud, USCIS aceptará la solicitud y solo cobrará la tarifa de solicitud.
Es fundamental recordar que el Formulario I-539 se aplica a algunos tipos de visas, como las F y M, entre otras.
Sin embargo, aquellos con permisos basados en el empleo deberán realizar la extensión de estancia utilizando el Formulario I-129. También se aplica a los cambios de estatus H-4, L-2 o E, por ejemplo.
La agencia ha expresado su compromiso de alcanzar la meta de eliminar las tarifas y el requisito de servicios biométricos para todos los solicitantes del Formulario I-539, como se mencionó en el Informe de Progreso de USCIS para el Año Fiscal 2022 .
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